Segunda edición del Radar Concursal de Almerco Abogados, publicada el 5 de octubre de 2026. Periodo analizado: del 16 al 30 de setiembre de 2026.

Una quincena con pocas declaraciones de concurso, pero con una agenda intensa de juntas de acreedores: 16 convocatorias, entre ellas seis juntas de instalación y decisiones pendientes en procesos de liquidación de alto perfil como Doe Run y Consorcio Hidroeléctrico. Cerramos con un análisis del Dr. Richard Almerco sobre el caso Integra Tec y el primer gun jumping sancionado en el Perú.

3empresas declaradas en concurso
16juntas de acreedores convocadas
6juntas de instalación

Empresas en concurso

En el periodo se publicó el inicio del procedimiento concursal de tres deudores: dos empresas del sector inmobiliario y una persona natural del sector servicios.

ExpedienteEmpresaSectorPublicación
50-2025/CCO-INDECOPIReingeniería en la Construcción S.R.L.Inmobiliario21/09/2026
300-2025/CCO-INDECOPIInmobiliaria Octagon S.A.C.Inmobiliario21/09/2026
301-2026/CCO-INDECOPIJuan Víctor Salas FernándezServicios28/09/2026

Juntas de acreedores convocadas

De las 16 juntas convocadas, siete tienen la agenda aún por definir, seis son juntas de instalación (art. 50.4 de la Ley General del Sistema Concursal), dos corresponden a empresas en liquidación y una busca aprobar la liquidación en marcha. Fechas de primera convocatoria:

Empresa1.ª convocatoriaAgenda principal
Slots Machine Los Andes S.A.C.16/09/2026Junta de instalación
Iceberg Games S.A.C.16/09/2026Junta de instalación
Estación Pachacútec S.A.C.17/09/2026Junta de instalación
Textiles Pisco S.A.C.21/09/2026Por definir
Doe Run S.R.L. en Liquidación22/09/2026Por definir
Minera del Bronce S.A.C.22/09/2026Junta de instalación
Corporación Elyagus S.A.C.23/09/2026Por definir
Jvaleon Ingenieros S.R.L.23/09/2026Junta de instalación
Consorcio Hidroeléctrico S.A. en Liquidación23/09/2026Por definir
Grúas Triple A S.A.C.24/09/2026Por definir
Funciones y Diseño Competitivo S.A.C.25/09/2026Por definir
Promotora Inmobiliaria Proyecto 10 S.A.C.25/09/2026Por definir
Autonor Nor Oriente S.A.C.28/09/2026Junta de instalación
Representaciones Yago S.A.C.29/09/2026Por definir
SDF Energía S.A.C.29/09/2026Por definir
Administradora del Comercio S.A.29/09/2026Aprobación de liquidación en marcha

La relación completa de juntas, con horarios y segunda convocatoria, está disponible en la versión descargable.

Artículo relevante: Caso Integra Tec, el costo del gun jumping

Por Richard Almerco · 30 de setiembre de 2026

INDECOPI sancionó a Integra Tec International Inc. con una multa de S/ 5,5 millones por comprar Telefónica del Perú sin autorización previa. Es el primer caso de gun jumping sancionado en el país desde que existe esta figura, y su consecuencia legal podría ser la nulidad de la compra.

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia impuso la sanción el 15 de setiembre, tras determinar que Integra Tec adquirió el 99,3 % de las acciones de Telefónica del Perú en abril de 2025 sin notificarlo ni someterlo al control previo que exige la Ley 31112, Ley de Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial.

Más allá de la multa, lo central es que el artículo 23.2 de esa ley establece la nulidad de los actos que se deriven de la operación. Mientras la sanción no quede firme, la propia titularidad de Integra Tec sobre Telefónica del Perú —hoy Integratel Perú— queda en controversia administrativa. Y ello ocurre en plena etapa concursal: la empresa se acogió a un Procedimiento Concursal Ordinario en febrero de 2025 y su concurso se publicó el 19 de mayo de 2025, después de la venta de las acciones.

Según INDECOPI, hasta ahora se han reconocido S/ 5 154 millones en créditos, cifra todavía referencial por los recursos de reconsideración en trámite. Entre los acreedores reconocidos figuran la SUNAT —con S/ 1 209 millones, cerca del 23 % del total—, los tenedores de bonos y la propia Integra Tec. La Junta de Acreedores aún no tiene fecha de instalación, y la SUNAT ha anunciado que contratará asesoría financiera y legal externa para definir su voto.

Si la nulidad se confirma, quedaría cuestionada la posición de Integra Tec como controladora frente a cualquier plan de reestructuración y también como acreedora en esa misma Junta. La ley incluso faculta a INDECOPI (artículo 32) a ordenar la enajenación de las acciones como medida correctiva.

Nada de esto es definitivo: Integra Tec puede apelar ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal de INDECOPI, cuya decisión será, en la práctica, el primer criterio sobre la intersección entre control de fusiones y concursos. Lo que sí es cierto es que la Junta de Accionistas quedará suspendida una vez que se instale la Junta de Acreedores.

“Se abre una gran oportunidad para la Presidencia de INDECOPI de liderar la modernización del Sistema Concursal peruano. El punto de partida debe ser una reforma legislativa alineada con los estándares de la legislación comparada actual.”

Mg. Richard Almerco, Director Gerente de Almerco Abogados

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